jueves, septiembre 11, 2008



Se propone que Calderón sea enjuiciado por
haber realizado conductas que actualizan el supuesto de traición
a la patria, previsto en el artículo 123 del Código
Penal Federal que señala:



Artículo 123.- Se impondrá la pena de prisión
de cinco a cuarenta años y multa hasta de cincuenta mil pesos
al mexicano que cometa traición a la patria en alguna de las
formas siguientes:







I.- Realice actos contra la independencia, soberanía
o integridad de la Nación Mexicana con la finalidad de
someterla a persona, grupo o gobierno extranjero;








Las conductas de Calderón consisten en la presentación
de seis iniciativas de ley en materia petrolera ante el Senado de la
República y la Comisión Permanente que proponen
entregar los recursos naturales del subsuelo a intereses de personas
y grupos extranjeros con el fin de constituir una industria petrolera
paralela a la nacional y con ello menoscabar la independencia, la
soberanía y la integridad de la nación. Dichas
iniciativas, además, atentan contra los principios previstos
en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución.



Las dos vías para reclamar la ilicitud de
los actos de Calderón son: 1) presentación de una
denuncia ante la Cámara de Diputados, con fundamento en los
artículos 108, 110 y 111 de la Constitución, para que
Calderón sea enjuiciado por traición a la patria. El
procedimiento entraña la integración de una
investigación a cargo de la Cámara de Diputados y la
posterior acusación de la Cámara Baja ante el Senado
que actúa como jurado de sentencia; y, 2) presentación
de una denuncia ante la Procuraduría General de la República
por traición a la patria.