domingo, abril 24, 2016

Propuesta constitucional de Juristas PT, en rueda de prensa hoy

El día de hoy en conferencia de prensa, la dirección de la Unión de Juristas de México, acompañada de líderes y activistas del movimiento social y dirigentes del Partido del Trabajo en la Ciudad de México, como: Reginaldo Sandoval Flores, la UJM, por conducto del abogado Eduardo Miranda Esquivel, candidato a constituyente y otros candidatos ciudadanos del PT, José Luis López, Jaime Ortiz y Gustavo Delfis a la Constituyente de la CDMX, expusieron los límites y alcances del proceso constitucional de la ciudad, para lo cual te envío el texto integro del discurso de Miranda, para tu atención y conocimiento. Saludos: Eduardo Miranda Esquivel Cel. 5537319665
 

DECLARACIÓN POLÍTICA DENOMINADA "VERDAD Y MENTIRAS SOBRE LOS ALCANCES E INTERESES DE LA NUEVA CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO", DADA A CONOCER POR: EDUARDO MIRANDA ESQUIVEL, PRESIDENTE COLEGIADO DE LA UNIÓN Y CANDIDATO A DIPUTADO CONSTITUYENTE DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON APOYO DEL PARTIDO DEL TRABAJO, EN CONFERENCIA DE PRENSA EL 24 DE ABRIL DE 2016, EN CDMX 


1.- Con la reforma política del DF, negociada por los partidos del "Pacto por México" (PRI, PAN y PRD), se crea constitucionalmente a partir del 30 de enero de 2016, la "Ciudad de México", definida como una entidad federativa sede de los poderes federales y capital del país. Al efecto, el 4 de febrero y 16 de marzo pasados el Instituto Nacional Electoral (INE), expidió los lineamientos para la elección de una asamblea constituyente encargada de aprobar la constitución. 


2.- La concreción de la reforma además de la modificación de 53 artículos de la constitución federal, se dará en la promulgación de una constitución de la ciudad de México, la cual será aprobada por dicha asamblea, integrada por cien diputadas y diputados, de los cuales el 40% serán nombrados por el régimen y el restante 60% electos pero surgidos únicamente de listas de los partidos oficiales. A la fecha están definidos los 540 candidatos de los 9 partidos y 8 independientes.


3.- Esta reforma había sido una vieja aspiración democrática de la población de la capital para gozar de las mismas facultades, beneficios y derechos que tienen los demás Estados, sin embargo, los acuerdos del pacto aprobaron una lánguida y cosmética reforma que apuntala sus intereses partidarios más no los del pueblo, poniendo inclusive en riesgo los avances democráticos sociales y de izquierda en la ciudad, no obstante el arribo de personalidades progresistas a dicha asamblea.


4.- El contenido de la normativa jurídica de la nueva constitución de la ciudad de México que se apruebe, estaría viciado y limitado de origen por las ataduras del Pacto – Decreto y por la forma de elección y composición de la asamblea constituyente, que da al PRI una sobre representación que no merece ni ha ganado en las urnas, y una ventaja inmerecida al gobierno de Mancera, que limita la participación libre y directa de los habitantes de la ciudad, quebrantando con ello el principio de la soberanía popular constitucional.


5.- La reforma constitucional de la gran metrópoli es mínima respecto de las reformas anteriores de 1996 y 2003, pues el Decreto instituye a la ciudad de México como una entidad federativa autónoma, pero no libre y soberana como los demás Estados, atribuyéndole facultades acotadas para la aprobación de su deuda pública, ni tampoco representa un mayor presupuesto ni una mejoría en la prestación de los servicios públicos, cambiando el nombre de "Delegaciones" por "alcaldías", sin que éstas puedan ser concebidas como "Municipios".


6.- La reforma que debería constituir una medida para mejorar la situación de la capital y sus habitantes, podría convertirse en un retroceso que abra la posibilidad de que se legalicen las iniciativas del gobierno de la capital para privatizar los servicios públicos, el agua, el transporte, los parquímetros, los corredores turísticos, como el de Chapultepec; se eleven las contribuciones y precios, como las foto multas; y, entregar la ciudad al capital foráneo y a los priistas.


7.- Por lo anterior, la Unión de Juristas de México saluda la iniciativa de reforma política pero condena enérgicamente los obstáculos que los regímenes federal y del DF y los partidos del "Pacto por México", impusieron para anular la voluntad popular en la composición de la asamblea constituyente; y, en el contenido de la nueva constitución de la ciudad de México, por ello hemos convocado junto con otras fuerzas a construir un MOVIMIENTO POR UN CONSTITUYENTE POPULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO paralelo al constituyente oficial, que inició su campaña el día de ayer 23 de abril.


8.- Este MOVIMIENTO está comprometido a impulsar la participación ciudadana en el proceso de discusión de la nueva constitución, hacer que los candidatos progresistas y de izquierda nos comprometamos a retomar y hacer nuestras las propuestas sociales para llevarlas al constituyente oficial, exigiendo de entrada se respete la soberanía popular de la ciudad de México; se le dote de una estructura político administrativa basada en los municipios; se respeten y amplíen los programas sociales; así como, se garanticen los derechos sociales, económicos, ambientales, civiles y políticos de la población. 


9.- Luchamos por una constitución que prohíba las privatizaciones en la ciudad de México; derogue y anule las concesiones de servicios públicos básicos a las empresas; impida la criminalización de la protesta social; fije el fomento a las libertades políticas y civiles sin exclusión alguna; por la instauración de la revocación de mandato, castigo a la corrupción y decomiso de bienes mal habidos; impulse la participación ciudadana y prohíba tajantemente la subcontratación laboral precaria en los órganos de poder del Estado y la administración pública y norme la basificación de todas y todos sus trabajadores. 


10.- Los juristas con apoyo del Partido del Trabajo, otras organizaciones sociales y candidatos progresistas nos esforzarnos por la construcción de un constituyente popular y una constitución social que defienda y amplíe los progresos de la capital en empleo, salud, transporte, defensa del medio ambiente, abasto, asistencia social, fomento cooperativo, educación popular, consolidación y ampliación de los derechos civiles y humanos e incorpore nuevos derechos sociales, de tal modo que se eleven a rango constitucional. 


11.- En espera de mejorar y ampliar nuestras ideas y demandas con la participación popular, nos proponemos luchar para incorporar en la constitución de la ciudad de México, lo siguiente:

 


ü  EN LA CIUDAD DE MÉXICO TODAS LAS PERSONAS GOZARÁN DEL RECONOCIMIENTO, RESPETO Y APLICACIÓN EN SU FAVOR DE LOS DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS SOCIALES E INDIVIDUALES POR PARTE DEL ESTADO. TODAS LAS AUTORIDADES, EN EL ÁMBITO DE SUS COMPETENCIAS, TIENEN LA OBLIGACIÓN DE PROMOVER, RESPETAR, PROTEGER Y GARANTIZAR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS DE CONFORMIDAD CON LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIDAD, INTERDEPENDENCIA, INDIVISIBILIDAD Y PROGRESIVIDAD. 


ü  EL RÉGIMEN DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO SERÁ FEDERAL, DEMOCRÁTICO Y POPULAR, BASADO Y LEGITIMADO ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE EN EL PODER SOBERANO DEL PUEBLO. LA DEMOCRACIA SE APOYARÁ PARA SU EJERCICIO EN LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA CIUDADANA DIRECTA, A TRAVÉS DEL REFERÉNDUM, EL PLEBISCITO, LA INICIATIVA POPULAR, EL DIALOGO SOCIAL Y LOS USOS Y COSTUMBRES EN TRATÁNDOSE DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS; Y, REPRESENTATIVA ELECTORAL, ASÍ COMO, EN LA RENDICIÓN DE CUENTAS Y LA REVOCACIÓN DEL MANDATO. 


ü  LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA, EL FOMENTO COOPERATIVO, EL ABASTO POPULAR, LA CONSOLIDACIÓN DE LOS PROGRAMAS SOCIALES, EL EMPLEO DIGNO Y EL RESPETO IRRESTRICTO A LOS DERECHOS LABORALES ADQUIRIDOS, CONSTITUYE EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DEL FUNDAMENTO SOCIOECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, RUBROS QUE SE IMPLEMENTARÁN Y ADMINISTRARÁN PROCURANDO LA EQUIDAD PARA LA IGUALDAD DE LAS CLASES, GRUPOS Y PERSONAS QUE LOS HABITAN O TRABAJAN EN LA ENTIDAD 


ü  EL ESTADO BAJO SU RECTORÍA GARANTIZARÁ LA VIGILANCIA Y PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO INTEGRAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EL CUAL ESTABLECERÁ LEYES REGLAMENTARIAS, PROGRAMAS Y ACCIONES INSTITUCIONALES ENCAMINADAS A ESTABLECER LOS EQUILIBRIOS QUE PERMITAN SATISFACER LAS NECESIDADES COLECTIVAS E INDIVIDUALES DE LA POBLACIÓN POR ENCIMA DE LOS INTERESES DEL LUCRO Y LA ESPECULACIÓN DEL LIBRE MERCADO. 


ü  LA ECONOMÍA CAPITALINA BAJO LA RECTORÍA DEL ESTADO FACILITARÁ Y PROMOVERÁ LA INVERSIÓN EN LOS DIFERENTES SECTORES Y ÁREAS DE LA ECONOMÍA PÚBLICA, PRIVADA Y SOCIAL FAVORECIENDO LA INVERSIÓN NACIONAL, Y LA EXTRANJERA DE MAYOR GENERACIÓN DE EMPLEOS. 


ü  EN LA CIUDAD DE MÉXICO TODA PERSONA TENDRÁ DERECHO AL EMPLEO DIGNO Y AL SALARIO SUFICIENTE, QUEDANDO OBLIGADA LA AUTORIDAD DE CUALQUIER CLASE AL RESPETO IRRESTRICTO DE LOS DERECHOS LABORALES INDIVIDUALES Y COLECTIVOS ADQUIRIDOS. 


ü  EL ESTADO GARANTIZARÁ A LAS Y LOS DESEMPLEADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL SEGURO DE DESEMPLEO DE FORMA INTEGRAL MEDIANTE AYUDA ECONÓMICA VINCULADA NECESARIAMENTE CON LA CAPACITACIÓN, PRODUCCIÓN Y ORGANIZACIÓN SOCIAL PARA TRABAJO, CON MECANISMOS DIRECTOS DE CERTEZA EN SU OTORGAMIENTO Y EXIGIBILIDAD; 


ü  EN LA CIUDAD DE MÉXICO QUEDA PROHIBIDA CUALQUIER FORMA DE EXPLOTACIÓN, ABUSO, DISCRIMINACIÓN Y ACOSO LABORAL EN CONTRA DE LAS Y LOS OBREROS, TRABAJADORES INDEPENDIENTES, NO ASALARIADOS, CON CAPACIDADES DIFERENTES, EMPLEADOS PÚBLICOS Y PRIVADOS, MUJERES Y MENORES TRABAJADORES. RESPETO Y RECONOCIMIENTO A LOS PUEBLOS INDÍGENAS ORIGINARIOS Y RESIDENTES DE LA CIUDAD Y A SU MULTICULTURALIDAD, COSMOVISIÓN, LENGUA, CULTURA, USOS Y COSTUMBRES. 


ü  QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO EN LA ENTIDAD LA UTILIZACIÓN DE CUALQUIER FORMA DE CONTRATACIÓN LABORAL PRECARIA, DIRECTA O A TRAVÉS DE TERCEROS EMPLEADORES U OUTSOURCING, POR PARTE DE LOS ÓRGANOS DEL PODER DEL ESTADO, ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRAL, DESCENTRALIZADA Y PARAESTATAL. 


ü  LA SEGURIDAD SOCIAL ES UN DERECHO HUMANO DE CARÁCTER SOCIAL QUE EL ESTADO Y SUS GOBERNANTES DEBEN VIGILAR SE OBSERVE Y CUMPLA CUIDADOSAMENTE POR LOS PATRONES, EMPRESARIOS Y EMPLEADORES A FAVOR DE TODAS Y TODOS SUS TRABAJADORES Y EMPLEADOS, CONFORME LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL FEDERAL, QUEDANDO ESTRICTAMENTE PROHIBIDO PARA LOS ORGANISMOS PÚBLICOS PRIVAR O NEGAR A SUS TRABAJADORES Y EMPLEADOS SUBORDINADOS AL GOCE DE SU DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL. 


ü  LA SALUD DE TODAS Y TODOS LOS HABITANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO ES UN DERECHO HUMANO ESENCIAL QUE ESTA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES QUE DE ELLA EMANAN RECONOCEN Y PROTEGEN; Y PARA SU DEBIDO GOCE Y EJERCICIO SE CREARÁ Y MANTENDRÁ A CARGO DEL ERARIO PÚBLICO, A TODOS LOS NIVELES, UN SISTEMA DE SALUD INTEGRAL, COMPLETO Y GRATUITO DE ATENCIÓN MÉDICA: PREVENTIVA, QUIRÚRGICA Y HOSPITALARIA. 


ü  RECTORÍA DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS, CON PROHIBICIÓN EXPRESA DE PRIVATIZACIÓN DEL AGUA Y EL TRANSPORTE PÚBLICO, ESTE SE ORGANIZARÁ Y GARANTIZARÁ A FAVOR DE LOS CIUDADANOS COMO UN DERECHO A LA MOVILIDAD CON RESPETO A LA BIODEVISERSIDAD, OTORGANDO UN  COMO SERVICIO PERMANENTE, SEGURO, EFICAZ Y GRATUITO PARA EL CASO DE LOS ADULTOS MAYORES, ESTUDIANTES Y PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES. 


ü  LA INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS CORRESPONDE ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE AL MINISTERIO PÚBLICO, EL CUAL ESTARÁ CONSTITUIDO EN UN ORGANISMO AUTONOMO E INDEPENDIENTE DE LOS PODERES EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICICIAL DE LA ENTIDAD, SU TITULAR SERÁ ELECTO POPULARMENTE, DURARÁ EN SU ENCARGO 6 AÑOS SIN REELECCIÓN, AL IGUAL QUE LOS TITULARES DE LAS FISCALÍAS DE LAS ALCALDÍAS QUE CONSTITUYAN LA DIVISIÓN TERRITORIAL POLÍTICA DE LA ENTIDAD. 


ü  EL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO TENDRÁ UN CARÁCTER AUTÓNOMO E INDEPENDIENTE DE LOS OTROS PODERES Y ORGANISMOS AUTONOMOS. 


ü  EL TITULAR DEL PODER JUDICIAL, LOS MAGISTRADOS Y JUECES QUE LO INTEGREN SERÁN DESIGNADOS POR ELECCIONES LIBRES Y DIRECTAS POR LA POBLACIÓN, DURARÁN EN SUS CARGOS 6 AÑOS, CON DERECHO A REELEGIRSE POR UN SOLO PERIODO MÁS. 


ü  LA JUSTICIA CÍVICA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA ESTARÁ A CARGO DE LA FUNCIÓN DEL PODER JUDICIAL DE LA ENTIDAD, SUS DECISIONES SERÁN IMPARCIALES, COMPLETAS Y GRATUITAS. 


En fin, hagamos de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México una tribuna del pueblo, un lugar para reivindicar y exigir los derechos humanos y sociales de las y los trabajadores, de los indígenas, de los medianos y pequeños empresarios, de los cooperativistas, de los estudiantes, de las y los jóvenes, de las mujeres y de todos aquellos que aspiran a una vida mejor, y no un circo de cándidos notables y políticos vendidos. 


No queremos una constitución de ornamento sino una carta magna que señale cuándo y cómo la gente tendrá un trabajo digno, alimentación segura, vivienda, salud, educación y libertad para circular en las calles sin riesgo de ser multado o robado, por el gobierno o los criminales, o en el peor de los casos por ambos. Luchemos por un constituyente popular y una constitución social, optemos por una propuesta diferente, una propuesta ciudadana. 


Fraternalmente. 


EDUARDO MIRANDA ESQUIVEL


UNIÓN DE JURISTAS DE MÉXICO


Contactos: cel. 553731-9665 Email: unionjuristas@hotmail.com



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